A fecha 31 de diciembre de 2020, deja de tener validez el «REGLAMENTO (UE) Nº 601/2012 DE LA COMISIÓN de 21 de junio de 2012 sobre el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero en aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo«, y entra en vigor el «REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/2066 DE LA COMISIÓN de 19 de diciembre de 2018 sobre el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero en aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 601/2012 de la Comisión«.

Aunque sabemos que está en proceso de modificación el Reglamento 2018/2066, a grandes rasgos, no hay casi diferencia entre este y el actual Reglamento 601/2012, para las instalaciones, pero si que es necesario presentar un nuevo plan de seguimiento adaptado a la nueva normativa. Aún no se ha definido el formato ni las fechas de presentación, pero debería ser inminente, ya que las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, deberán aprobarlo para que entre en vigor el 1 de enero de 2021.

Puesto que además, el Reglamento 2066/2018 está siendo revisado, es de esperar que no estén disponibles los modelos del plan de seguimiento hasta que se termine la revisión y se publique una modificación o nuevo reglamento.

Otra novedad para este año 2020 , es que, aquellas instalaciones que estén incluidas en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión (RCDE), deberán presentar también un informe verificado de su nivel de funcionamiento de los años 2019 y 2020, para poder recibir la asignación gratuita de derechos de emisión del año 2021. Esto habrá de hacerse de ahora en adelante cada año con los niveles de funcionamiento del año actual (excepto en 2020 que se hará con los años 2019 y 2020) (REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/1842 DE LA COMISIÓN de 31 de octubre de 2019 por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de las disposiciones adicionales de ajuste de la asignación gratuita de
derechos de emisión debido a modificaciones del nivel de actividad
).

Esto lleva otras modificación más, y es que el «Real Decreto 1722/2012, de 28 de diciembre, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación de derechos de emisión en el marco de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero«, también habrá de modificarse antes de final de año, para adaptarse a la nueva normativa, y poder verificar el nivel de funcionamiento de los dos últimos años.

Por otro lado, seguimos esperando la publicación de los factores de corrección para la asignación gratuita de derechos para la fase 4 (2021-2025), que tampoco deberían tardar mucho en publicarse, hasta ese momento, se sigue sin saber cual será la asignación gratuita de derechos de emisión exacta para cada instalación.

En fin, nos espera un año lleno de novedades relacionadas con el seguimiento y verificación de emisiones de gases de efecto invernadero que os iremos comunicando.

#gasesefectoinvernadero

Javier Garrido

GICM Consultoría Medioambiental